2. Corresponderá al Secretario velar por la derecho formal y material de las actuaciones del órgano colegiado, certificar las actuaciones del mismo y respaldar que los procedimientos y reglas de constitución y apadrinamiento de acuerdos son respetadas. No constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para resolver un https://paxtoncpygg.luwebs.com/36533520/datos-sobre-empresas-de-stands-en-madrid-cerca-de-ifema-revelados