A) Agregar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio animación de trabajo, así como, en los términos previstos en el artículo 40 de esta índole, a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo para https://bookmarksaifi.com/story19356785/el-5-segundo-truco-para-sistema-de-seguridad